Acceso de estudiantes con título extranjero de enseñanza superior
ACCESO CON TÍTULO EXTRANJERO NO HOMOLOGADO NO PERTENCIENTE AL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
El Reglamento de Enseñanzas Propias de la Universidad de Zaragoza establece en su artículo 9 que los estudiantes con estas características puedan acceder a los estudios conducentes al título de Máster de Formación Permanente, Diploma de Especialización y Experto Universitario, sin necesidad de homologar su título.
El procedimiento para requerir esta autorización es el siguiente:
El solicitante, antes de presentar su preinscripción, deberá remitir a la Secretaría del Estudio (figura la dirección de la misma en la ficha correspondiente al Estudio de la página web) la siguiente documentación:
1.- Instancia solicitando la autorización
2.- Fotocopia compulsada del Pasaporte o documento de identidad.
3.- Fotocopia del título de estudios universitarios legalizado (Legalización: Por el Ministerio de Educación y de Asuntos Exteriores del país de origen, por el Consulado Español en dicho país y por el Ministerio de Asuntos Exteriores. En el caso de titulados de países que hayan suscrito el Convenio de la Haya o el Convenio Andrés Bello, se someterán al procedimiento de legalización correspondiente). Deberá acompañarse de traducción oficial al castellano (por traductor jurado) salvo que este expedido en idioma inglés o francés.
4.- Fotocopia compulsada del expediente académico de asignaturas y calificaciones Programa de las asignaturas cursadas. Deberá acompañarse de traducción oficial al castellano (por traductor jurado) salvo que este expedido en idioma inglés o francés.
5.- Curriculum
La Secretaría del Estudio remitirá esta documentación al Respondable del Órgano Coordinador quien deberá emitir un informe favorable.
Una vez recibida de nuevo la documentación, la Secretaría del Estudio remitirá al Vicerrectorado con competencias en formación permanente (Sección de Formación Permanente y Títulos) tanto la solicitud del solicitante, acompañada de la documentación como el informe del Responsable del Órgano Coordinador.
La Sección de Formación Permanente y Títulos dará curso a esta solicitud, que tiene que ser informada por la Comisión de Estudios de Postgrado de la Universidad y autorizada finalmente por el Vicerrectorado.
La resolución se comunicará al Director del Estudio y al interesado, haciendo constar que se trata de un trámite previo, pero que no implica la aceptación de la matrícula hasta que se haya hecho la selección de los aspirantes preinscritos.
Los plazos de solicitud serán dos:
Un primer plazo,preferente, hasta el 1 de julio.
Un segundo plazo, hasta el 15 de septiembre.
El órgano gestor deberá tramitar la solicitud de acceso de estos estudiantes antes de que comience la impartición del estudio. La documentación completa se hará llegar a la Sección de Formación Permanente y Títulos utilizando los impresos dispuestos en la WEB