Inscripción en la prueba
Quiénes pueden inscribirse a la prueba
Las personas que cumplan o hayan cumplido los cuarenta y cinco años de edad antes del 1 de enero de 2026, que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la Universidad por otras vías.
Los aspirantes pueden realizar la prueba de acceso en las universidades de su elección, pudiendo solicitar admisión únicamente en las universidades en que haya superado la prueba.
A los aspirantes que superen la prueba de acceso para las personas mayores de 45 años en la Universidad de Zaragoza les corresponderán, a efectos de ingreso, aquellas enseñanzas universitarias oficiales de Grado ofertadas por las universidades que integran el sistema universitario de Aragón que estén vinculadas con las ramas de conocimiento para las que hayan resultado aptos en la entrevista personal.
No está permitido realizar la prueba de acceso para personas mayores de veinticinco y la de personas mayores de cuarenta y cinco años en un mismo curso académico.
Plazo
Del 2 de diciembre de 2024 al 10 de enero de 2025, ambos inclusive.
Cómo y dónde se presenta la solicitud
La solicitud se presentará a través de internet, rellenando el formulario electrónico y siguiendo las indicaciones que figuran en: http://academico.unizar.es/secretaria-virtual
Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
- Copia de DNI, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero, por ambas caras.
- En su caso, documentación justificativa del derecho a la reducción o exención de la tasa.
Tasas de inscripción de la prueba
La Prueba de Acceso para personas Mayores de 45 años cubre el derecho a examen de las dos materias de la prueba y, en su caso, a la realización de la entrevista.
- Tasa ordinaria: 100,00 €
- Tasa ordinaria reducida: 50,00 €
A la tasa ordinaria se le podrá aplicar las reducciones y exenciones correspondientes y que pueden consultarse en el siguiente enlace
La tasa será abonada de forma telemática según las instrucciones a seguir durante el proceso de inscripción en la prueba.
Devolución de las tasas
De conformidad con lo establecido en el art. 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, se tiene derecho a la devolución de las tasas satisfechas si, por causas no imputables a los interesados, no se han prestado las actividades o servicios gravados.
Adaptaciones para discapacitados
Para aquellos aspirantes que en el momento de la inscripción justifiquen debidamente alguna discapacidad que les impida realizar la prueba de acceso con los medios ordinarios, la Universidad adoptará las medidas oportunas para que puedan realizar tanto la fase general como la específica en las debidas condiciones de igualdad.
Los candidatos con discapacidad permanente podrán solicitar mediante un escrito las adaptaciones que consideren necesarias para realizar los exámenes en las mejores condiciones posibles. Para ello deberán justificar en el momento de su inscripción un grado mínimo del 33% de discapacidad y aportarán el certificado, dictamen o procedimiento de valoración realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Si la discapacidad se produce coyunturalmente para los días de los exámenes por causa de accidente sobrevenido, será acreditada tal situación con certificado médico oficial en el que consten las lesiones e incapacidades temporales.
Los especialistas de la Universidad estudiarán cada caso y adoptarán las medidas necesarias para que los candidatos realicen la prueba en las condiciones más favorables.