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Advertencias importantes

Última modificación
Wed , 17/04/2024 - 07:57
1 - Control sobre el cumplimiento de la beca:

La convocatoria de becas de carácter general para el curso 2023-2024 del Ministerio de Educación y Formación Profesional, establece en su artículo 43.2, entre las condiciones para el mantenimiento de la beca, el haber destinado la ayuda para la finalidad para la que fue concedida.
Se entenderá que se ha cumplido dicha finalidad cuando los estudiantes universitarios superen el 50 por ciento de los créditos matriculados en la convocatoria ordinaria o extraordinaria. En el supuesto de enseñanzas de las ramas de Ciencias y de Enseñanzas Técnicas (Arquitectura e Ingenierías), el porcentaje mínimo a superar será del 40 por ciento. Para el cálculo de este porcentaje se excluirán los créditos convalidados, reconocidos o adaptados. En caso contrario, procederá el reintegro de todos los componentes de la beca con excepción de la beca de matrícula.
La Universidad de Zaragoza, una vez finalizada la convocatoria de exámenes de septiembre, comprobará de oficio el cumplimiento de estos requisitos por parte de los estudiantes becarios y, cuando se compruebe que el estudiante no los ha cumplido, iniciará el procedimiento para solicitarle el reintegro de las ayudas percibidas, con excepción de la beca de matrícula.

2 - Matrícula a tiempo completo y a tiempo parcial:

La matrícula a tiempo parcial limita las ayudas que el solicitante pueda obtener respecto a las de la matrícula a tiempo completo [no se puede optar a las cuantías ligadas a renta, residencia o excelencia académica y la cuantía variable será siempre la mínima].

Matrícula a tiempo parcial [TP]: matrícula entre 30 y 59 créditos.
Matrícula a tiempo completo [TC]: matrícula de al menos 60 créditos.

Por tal motivo, a los estudiantes que deseen optar a matrícula a tiempo completo se les aconseja que en el periodo de matrícula de septiembre/octubre se matriculen de la totalidad de créditos exigidos para la beca a TC y no lo dejen para el periodo de la matrícula de febrero de 2024, ya que de esta manera su solicitud podrá ser tramitada al Ministerio como matrícula a tiempo completo y podrán optar desde un principio a la totalidad de las ayudas convocadas.

3 - Reconocimiento de créditos:

Los créditos reconocidos que hubiesen estado matriculados serán excluidos del cómputo de créditos matriculados necesarios para la concesión de beca. Por ejemplo, si está matriculado de 60 créditos y de estos se le reconoce uno o más, la matricula quedaría reducida al número de créditos restantes y, por tanto, no cumpliría los requisitos para optar a las ayudas de beca en matrícula completa. Si se ha matriculado de 30 a 59 créditos y después del reconocimiento de créditos queda por debajo de 30, perdería la posibilidad de obtener beca. En caso de que la beca ya estuviera concedida, se procedería a su revocación y a solicitarle el reintegro de las ayudas percibidas.

4 - Becas del Gobierno Vasco:

Los estudiantes con vecindad administrativa en el País Vasco que pretendan solicitar beca en el curso 2023-2024 deberán hacerlo obligatoriamente a través de la convocatoria del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco.
Estas solicitudes de beca deben realizarse directamente a través de Internet: https://academico.unizar.es/becas/becas-del-gobierno-vasco

5 - Ayudas al estudio para grado o máster de la Universidad de Zaragoza

Para poder optar a las ayudas al estudio para grado o máster de la Universidad de Zaragoza en el curso académico 2023-2024, será requisito IMPRESCINDIBLE haber presentado BECA DE CARÁCTER GENERAL del Ministerio de Educación y Formación Profesional. La no presentación de la beca general, incluso aunque NO se cumplan los requisitos para su obtención, será MOTIVO DE DENEGACIÓN de la ayuda de la Universidad de Zaragoza.