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Gestión de títulos oficiales cuya expedición corresponde al Ministerio

Última modificación
Mié , 24/04/2024 - 10:03

Los Títulos Oficiales de primer y segundo ciclo anteriores a la entrada en vigor (3 de enero de 1988) del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre (BOE de 14 de diciembre), sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios, se expiden en nombre del Rey por el correspondiente Ministro.
En cuanto a los títulos de Doctor, la expedición corresponde al Ministerio si la tesis se leyó antes del 8 de agosto de 1989 (fecha de entrada en vigor de la Orden de 8 de julio de 1988 para la aplicación de los Reales Decretos 185/1985, de 23 de enero, y 1496/1987, de 6 de noviembre, en materia de expedición de títulos universitarios oficiales).
La solicitud y entrega del título se realiza en las Secretarías de los centros (en este caso, también para los títulos de doctor). La instancia de solicitud se rellena en el impreso 790 y las tasas que corresponden son las 059 del Ministerio de Administraciones Públicas.