Acceso y admisión
Con la solicitud de admisión se deberá aportar la siguiente documentación:
a) La fotocopia del DNI, NIE o del pasaporte en vigor.
b) El título universitario de los estudios de acceso cursados o el justificante de haberlo solicitado o, en su caso, la Credencial oficial de homologación o la Certificación de declaración de equivalencia a nivel académico, expedidas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
c) La certificación académica oficial de los estudios cursados que incluya las calificaciones y la nota media del expediente, en la escala de 0 a 10.
En el caso de las personas que en el curso académico 2022-2023 estén cursando una titulación universitaria oficial de Grado del Sistema Universitario Español (SUE), hayan matriculado todos los créditos necesarios para terminar los estudios en dicho curso y les reste un máximo de 9 ECTS y el Trabajo Fin de Grado para finalizar los estudios, esta certificación deberá indicar que se encuentran matriculadas de todos los créditos necesarios para la finalización de sus estudios y el número de créditos que les restan por superar.
d) Currículum vitae actualizado (EXCEPTO en el Máster Universitario en Profesorado).
e) La documentación específica requerida por cada Máster Universitario, a consultar en la web de cada titulación: https://estudios.unizar.es/
En aquellos másteres Universitarios que en su memoria de verificación incluyan requisitos lingüísticos específicos, se deberán aportar los documentos acreditativos del nivel de conocimiento de la lengua o lenguas que el Máster requiera en su memoria de verificación.
Máster Universitario en Profesorado
Deberán acreditar estar en posesión de una lengua extranjera de nivel B1 del MCER. Están exentas de aportar esta acreditación:
+ INFO sobre tablas de equivalencia de B1:
Las personas que estén en posesión de un título oficial expedido por una institución del EEES y dispongan del Suplemento Europeo del Título (SET), en lugar de los documentos recogidos en los apartados b) y c) anteriores podrán aportar dicho Suplemento.
Documentación adicional:
En el caso de personas que tengan necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, acreditarán estas necesidades mediante informe emitido por la unidad administrativa u oficina de atención a personas con discapacidad de la universidad donde hayan realizado los estudios previos, en el que se indique qué recursos y apoyos ha precisado para su plena normalización en la vida académica universitaria.
* Resolución de «autorización de acceso» expedida por la Universidad de Zaragoza o, en su defecto, el justificante de haber iniciado el trámite de solicitud de «autorización de acceso» en la Universidad de Zaragoza.
https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Equivalencia_notas_medias
La no aportación de la declaración de equivalencia, no impedirá la concurrencia de la persona solicitante en el proceso de admisión, considerándose en tal caso como nota media del expediente un 5.
Documentos extranjeros:
Los títulos universitarios y las certificaciones oficiales expedidos en el extranjero, deberán estar legalizados por vía diplomática; en el caso de países que hayan suscrito el convenio Andrés Bello, no es necesaria la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores español. La legalización diplomática puede ser sustituida por la Apostilla de la Haya, si se proviene de países firmantes de dicho convenio.
Los documentos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción al español efectuada por un traductor jurado, excepto si están expedidos en idioma inglés o francés.
El requisito de legalización no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
+ INFO sobre legalización y traducción de documentos extranjeros
Forma de aportar la documentación
En las solicitudes presentadas a través de internet, las personas realizan una comunicación previa de sus datos identificativos y demás requisitos de acceso, siendo suficiente la presentación de una copia simple de la documentación requerida, que deberá aportarse en formato electrónico a través de la utilidad que ofrece el programa de internet.
Quienes posteriormente resulten admitidos en algún Máster Universitario, deberán proceder a la verificación de la documentación, debiendo hacer llegar a la secretaría del centro universitario correspondiente, en el plazo de diez días lectivos desde que se realice la matrícula, el original y copia para su cotejo, o copia compulsada o copia auténtica electrónica de la documentación requerida, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tenga atribuidas la Universidad de Zaragoza en cualquier fase de instrucción.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se haya acompañado o incorporado en la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho desde el momento en que la Universidad tenga constancia de tales hechos, procediéndose a la anulación de la plaza adjudicada, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.