Becas

Requisitos para la concesión de las ayudas

Requisitos para la concesión de las ayudas

[deberán cumplirse a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes]

Requisitos generales:

  • Estar matriculado en el curso académico 2019-2020, en alguna de las enseñanzas oficiales de grado o de máster universitario en esta Universidad.
  • No estar en posesión, ni en condiciones de estarlo, de un título oficial universitario, salvo cuando se trate de cursar estudios de segundo ciclo o de máster universitario, si dicho título permite el acceso a los mismos; en cualquier caso, no se podrán solicitar ayudas para estudios de segundo ciclo o de máster si ya se está en posesión del mismo nivel de titulación o en disposición legal de obtenerlo, para el que se solicita la ayuda.
  • Haber presentado solicitud en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, y Formación Profesional o beca para estudios universitarios del Gobierno Vasco para el curso 2019-2020 y, en su caso, haber aportado la documentación solicitada para la subsanación de la solicitud. La no presentación de la beca general o no haber aportado la documentación requerida, incluso aunque NO se cumplan los requisitos para su obtención, es MOTIVO DE DENEGACIÓN de la ayuda de la Universidad de Zaragoza.
  • Los estudiantes extranjeros, a excepción de los nacionales de Estados miembros de la Unión europea y aquéllos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, deberán acreditar la condición de residentes [quedando excluidos de ser beneficiarios de estas ayudas quienes se encuentren en situación de estancia o residencia por estudios], sin perjuicio de lo que prevean los convenios o tratados internacionales en esta materia y del principio de reciprocidad.

Requisitos específicos: 

Además de cumplir los requisitos de carácter general descritos, los estudiantes deberán cumplir, en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, los mismos requisitos económicos y académicos que los exigidos por la convocatoria de becas del Ministerio, con las excepciones que se indican a continuación:

Requisitos de carácter académico:

En enseñanzas de grado y de primer y segundo ciclo:
  • Estudiantes que se hayan matriculado por primera vez de primer curso de estudios de grado: acreditar una nota de acceso de 5 puntos.

  • Estudiantes de segundos y posteriores cursos. Deberán haber superado en los últimos estudios cursados los siguientes porcentajes de los créditos matriculados, tanto en matrícula a tiempo completo como en matrícula a tiempo parcial.

Rama de conocimiento % de créditos a superar
Artes y Humanidades 75%
Ciencias 50%
Ciencias Sociales y Jurídicas 75%
Ciencias de la Salud 65%
Ingeniería o Arquitectura 50%

 

 

En enseñanzas de máster universitario:
  • Los estudiantes de primer curso de másteres que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada deberán acreditar una nota media de 6 puntos en los estudios previos que les dan acceso al máster. En los restantes estudios de máster dicha nota media será de 6,50 puntos. A estos efectos, las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se multiplicarán por el coeficiente 1,17. Para las dobles titulaciones de máster las ayudas de la universidad de Zaragoza se aplicarán sobre la misma titulación para la que se haya tramitado la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio.
  • Los estudiantes de segundo curso de másteres que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada deberán acreditar una nota media de 6 puntos en primer curso. En los restantes estudios de máster dicha nota media será de 6,5 puntos. En todo caso, además de las notas medias indicadas, los solicitantes de beca para segundo curso de másteres deberán acreditar haber superado el 85% de los créditos de que hubieran estado matriculados en primer curso.
  • En matrícula a tiempo parcial (*), podrá disfrutarse de la ayuda durante un año más de los que conste el plan de estudios, debiendo acreditar haber superado el 85% de los créditos de que hubieran estado matriculados en el curso anterior.

(*) A efectos de estas ayudas, la condición de estudiante a tiempo parcial será la que venga determinada anualmente por la convocatoria de becas del Ministerio para cada tipo de estudios.

Requisitos de carácter económico:

Ayuda para precios públicos de matrícula: Se elevan en un 10% los umbrales de renta familiar exigidos en la convocatoria de becas del Ministerio para obtener la ayuda de matrícula.

Ayuda para gastos asociados a los estudios de grado y máster: No superar los umbrales de renta familiar establecidos en la convocatoria de becas del Ministerio para la obtención de la cuantía fija ligada a la renta del estudiante, incrementados en un 50%, y que no hayan sido beneficiarios de dicha cuantía en el curso académico de la convocatoria.

Ayuda para compensar la residencia en localidad diferente a la del domicilio familiar. No superar los umbrales de renta familiar establecidos anualmente por el Ministerio para la obtención de la cuantía fija ligada a la residencia, y que no hayan sido beneficiarios de dicha cuantía en el curso académico de la convocatoria.

Para el cálculo de la renta a efectos de la concesión de las ayudas citadas se tomará como referencia la misma unidad familiar que haya sido declarada en la solicitud de beca de carácter general del MEFP o beca para realizar estudios del Gobierno Vasco, siendo motivo de denegación automática la introducción en la solicitud de una unidad familiar diferente.

Umbrales de renta y patrimonio