Requisitos académicos para la concesión de las ayudas de Master
1. Número mínimo de créditos matriculados en el curso 2024-2025:
Estudios de Másteres oficiales: 60 créditos (matrícula completa); entre 30 y 59 créditos (matrícula parcial).
2. Rendimiento académico en el curso anterior:
Matrícula en primer curso, se requiere una nota media mínima en los estudios previos que dan acceso al máster de 5,00 puntos (las notas medias de enseñanzas técnicas se multiplican por el coeficiente 1,17).
Matrícula en segundo curso, se requiere una nota media mínima en el primer curso del máster de 5,00 puntos. Además, deben haber superado el 100 % de los créditos matriculados en el primer curso.
3. Régimen:
Para poder ser beneficiario de la ayuda de cuantía fija ligada a la renta el solicitante deberá cursar sus estudios en régimen presencial y de matrícula completa o en régimen semipresencial y de matrícula completa
Para poder ser beneficiario de la ayuda de cuantía fija ligada a la residencia el solicitante deberá cursar sus estudios en régimen presencial y de matrícula completa o en régimen semipresencial y de matrícula completa
Para poder ser beneficiario de la ayuda de cuantía fija ligada a la excelencia académica el solicitante deberá cursar sus estudios en régimen de matrícula completa
Quienes cursen estudios en modalidad íntegramente no presencial, quienes opten por matrícula parcial, quienes únicamente realicen el trabajo fin de grado o máster, o titulaciones a extinguir sin docencia presencial recibirán la cuantía variable mínima (60 euros).
La convocatoria [art. 14] establece la exención de determinados requisitos académicos para víctimas (o sus hijos menores de 25 años) de violencia de género y las víctimas de violencia sexual.
En los programas conjuntos de máster solo se puede conceder la beca para uno de los planes de estudios que lo componen, será en el máster por el que se opte donde el estudiante deberá cumplir los requisitos académicos establecidos en la convocatoria (nota de acceso, número de créditos matriculados, años de duración de la condición de becario, etc.)
Los estudiantes que se matriculen en el primer curso de un Máster Universitario sin haber obtenido la titulación de Grado, según lo establecido en el artículo 18.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, podrán obtener beca, siempre que acrediten estar en posesión de la referida titulación de Grado a 31 de diciembre de 2024