Precio de la matrícula para estudiantes extranjeros no residentes que no sean nacionales de estados miembros de la Union Europea
Curso 2024-2025
DECRETO del Gobierno de Aragón de 19 de junio de 2024 (BOA del 27 de junio), por el que se se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2024-2025.
El estudiantado extranjero no residente que no sea nacional de estados miembros de la Unión Europea, abonará los precios por crédito que figuran en la tabla específica para cada tipo de estudio, sin perjuicio de lo que prevean los convenios o tratados internacionales en esta materia y del principio de reciprocidad (art. 4 del Decreto de Precios Públicos 2024-2025).
- Tabla precios públicos Grado
- Tabla precios públicos Máster Universitario
Acreditación condición de residente a efectos del pago de los precios de matrícula:
La condición de residente se acreditará mediante la tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) donde se indique que el tipo de permiso es por RESIDENCIA.
El permiso por RESIDENCIA debe estar en vigor.
El permiso por ESTANCIA o permiso por ESTUDIOS no es válido para acreditar la condición de residente, a efectos del pago de los precios de matrícula.
Ciudadanos británicos
Tras el BREXIT, Reino Unido ha dejado de pertenecer a la Unión Europea. Por tanto, el estudiantado que sea nacional de Reino Unido abonará el precio correspondiente al estudiantado no nacional de estados miembros de la Unión Europea, salvo que acredite su condición de residente en España mediante la correspondiente TIE que acredite un permiso de residencia, en vigor.