SICUE

Características de la movilidad

La movilidad del programa SICUE no está dotada de ayudas por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional ni de la Universidad de Zaragoza.

La movilidad del estudiantado se basará en el Acuerdo Académico, donde se describirá la actividad a realizar en el centro de destino que será reconocida automáticamente por el centro de origen.

El Acuerdo Académico aceptado por las tres partes implicadas (estudiante, centro de origen y centro de destino) tendrá carácter oficial de contrato vinculante para los firmantes y solo podrá ser modificado en el plazo de 1 mes desde el inicio del semestre.

La duración de las estancias será de medio curso o de curso completo, siendo ésta determinada por la organización académica de cada universidad.

  • Medio curso: estancias de 3, 4, 5 ó 6 meses. Durante este periodo deberán cursarse un mínimo de 24 ECTS.
  • Curso completo: estancias de 9 meses. En estas estancias el estudiante deberá cursar al menos 45 ECTS.

El estudiantado que participe en esta movilidad que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrá solicitar una disminución de los créditos matriculados.

En aquellos supuestos en los que al/a la estudiante le resten para finalizar sus estudios menos créditos que el mínimo exigido en cada tipo de estancia, podrá optar al intercambio de dichos créditos, aunque estos sean menos del mínimo exigido siempre y cuando se matricule de todos ellos en la universidad de origen y se incluyan todos en el acuerdo académico SICUE, incluidos los créditos del Trabajo Final de Grado o prácticas, si los hubiera, y estos estuviesen aceptados en destino.

Podrán autorizarse ampliaciones o reducciones de los periodos de estancia inicialmente solicitado siempre que los coordinadores de las universidades de origen y destino estén de acuerdo y  justifiquen dichos cambios, debiendo incluirlo en el documento establecido (Acuerdo Académico), siempre que no se incurra en agravios comparativos entre estudiantes.

El número de convocatorias a las que tiene derecho el estudiantado será las que se llevan a cabo en la universidad de destino para cada asignatura  y curso académico.

Se podrán cursar optativas del plan de estudios de la universidad de destino, no incluidas en el plan de estudios de la universidad de origen, incorporándolas posteriormente al expediente del estudiante en la universidad de origen como optativas.

Siempre y cuando no se contravenga la normativa interna de la universidad de origen y la coordinación académica de la universidad lo autorice se pueden incluir en el Acuerdo Académico asignaturas calificadas como suspensas. No se establece ninguna limitación. No obstante lo anterior, el Consejo de Dirección en su reunión de 15 de enero de 2019 ya acordó que un estudiante podrá incluir en su movilidad un máximo de 12 créditos en asignaturas suspendidas.

Tampoco pueden incluirse en el Acuerdo Académico asignaturas que se encuentren en 5ª y 6ª convocatoria, que deben defenderse ante un tribunal, ni en convocatorias extraordinarias.

Se podrán incluir en el Acuerdo Académico asignaturas con la calificación de no presentado. Estas tendrán el mismo tratamiento que si se diera en la universidad de origen, tanto a efectos de calificación como a efectos de convocatoria.

En el caso de que el estudiantado desee incluir materias que no se encuentren en la titulación objeto del acuerdo académico, podrá cursarlas en titulaciones afines con las que no haya acuerdo,  previa autorización de todos los coordinadores de la universidad de destino y los de la universidad de origen implicados.

El estudiantado podrá cursar asignaturas en las dos universidades mientras dure el intercambio.

Para la inclusión en el Acuerdo Académico de prácticas externas el estudiante deberá contactar con el coordinador para determinar la viabilidad de su inclusión o no en el Acuerdo Académico en función si hay oferta de plazas.

En los casos de los Trabajos Fin de Grado la asignación del tema, el tutor y la defensa se llevarán a cabo de acuerdo a los requisitos establecidos en la universidad de destino.

El estudiantado OUT que quiera incluir en su acuerdo académico el TFG y/o prácticas, deberá consultar en su centro si la Universidad de destino tiene algún tipo de restricción.