Estudios universitarios (españoles o extranjeros homologados)
¿Quiénes pueden participar como titulados universitarios?
Los estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster, o título equivalente, así los que estén en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente, pueden acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Nota de Admisión
Es la nota media obtenida de los estudios realizados, que conste el certificado académico oficial, calculada de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre [BOE de 18 de septiembre], en la escala de 1-10.
- En el caso en que todas o en algunas de las asignaturas del expediente no figure la calificación numérica recogida en el artículo 5 del RD 1125/2003, la valoración de las calificaciones obtenidas se realizará de acuerdo con la tabla de equivalencias que se indica a continuación a los solos efectos del cálculo de la nota media:
- Matrícula de honor: 10
- Sobresaliente: 9
- Notable: 8
- Aprobado: 6
- Si las certificaciones académicas se realizan según la escala numérica de 0 a 4, se tomarán en consideración las notas cualitativas (suspenso, aprobado, notable, sobresaliente y matrícula de honor), y a ellas se les aplicaran los valores numéricos ya señalados en este punto anterior.
- En las asignaturas convalidadas en que no figure la calificación obtenida en los estudios realizados previamente, se aplicará la equivalencia de 6.
Estudios universitarios extranjeros homologados
Cuando se trate de estudios universitarios extranjeros homologados a un título universitario oficial español o declarado equivalente a nivel académico de grado o máster universitario, los solicitantes deberán aportar la correspondiente credencial de homologación o de equivalencia de sus estudios que expide el Ministerio competente.
Si en la credencial no consta la nota media, deberán aportar el documento de declaración de equivalencia de nota media que se puede obtener en el portal del Ministerio competente.
Tal y como se recoge en las instrucciones del Ministerio que figuran en este portal, se señala que la declaración de equivalencia solo surtirá efecto si va acompañada del certificado académico oficial original o fotocopia debidamente compulsada del mismo y, en su caso, la traducción correspondiente.
¿Cuántas plazas se reservan para este colectivo?
Para quienes acceden con una titulación universitaria (o título equivalente u homologado), está reservado el 3% de las plazas ofertadas en cada Grado.
No obstante, en aquellos Grados en que la oferta de plazas sea superior a la demanda, todos los solicitantes que cumplan requisitos de acceso tendrán derecho a obtener una de las plazas ofertadas.
Títulos que se consideran equivalentes a los títulos universitarios oficiales, a efectos de acceso a la Universidad
- Doctor, Licenciado o Diplomado otorgado por Centros Superiores de Ciencias Eclesiásticas
- Título en Enseñanzas Artísticas Superiores:
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Danza
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Diseño
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático
- Enseñanzas artísticas superiores de Grado en Artes Plásticas en especialidad de Cerámica y Vidrio
- Inspector del Cuerpo Nacional de Policía
- Maestro de primera enseñanza
- Militar Profesional de grado medio y superior
- Profesor Mercantil
- Técnico en empresas y actividades turísticas
- Título de piloto de transporte de línea aérea
- Título de Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos de Escuelas Técnicas de Grado Medio
- Titulados en Enseñanza Náutica Superior de Escuelas Oficiales de Náutica
- Diplomado Superior en Criminología