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¿Qué documentación hay que aportar?

Última modificación
Mié , 17/04/2024 - 07:57

En el proceso de solicitud de admisión a través de internet, será preciso subir una copia de la documentación que se indica a continuación, en archivo de formato de PDF, JPG, GIG. Por este motivo, es importante disponer de esta documentación en alguno de los formatos indicados con carácter previo al inicio de la solicitud.No obstante esta documentación no será requerida  si el título de acceso ha sido obtenido en la Universidad de Zaragoza con posterioridad al 1 de enero de 1995 [en el caso del acceso por mayores de 25 años, con posterioridad al 1 de enero de 2000].


Documentación: 
Copia del DNI por ambas caras o pasaporte y, además, en función de los estudios con los que se acceda a los estudios oficiales de grado, habrá que aportar la siguiente documentación:

- Estudiantes de Bachillerato que hayan superado la Evaluación para el Acceso a la Universidad [EvAU] o de la Prueba de Acceso a la Universidad [PAU]:

Papeleta definitiva justificante de haber superado la evaluación o la prueba de acceso indicada.

- Estudiantes que accedan con estudios de Formación Profesional [Ciclos formativos de Grado Superior (FGS) o equivalentes (FP2 y Mód.N3)]:

Título de los estudios cursados [o justificante de haberlo solicitado].

Libro de escolaridad o Certificado académico oficial en el que figure la nota media.

En su caso, papeleta definitiva justificante de haber superado materias de la Fase Voluntaria de la EvAU.

- Estudiantes que hayan superado la prueba de acceso de mayores de 25 años:

Papeleta o certificación justificativa de haber superado la prueba, con su calificación.

Declaración responsable de no poseer titulación académica que dé acceso a la universidad por otras vías.

- Estudiantes que hayan superado en la Universidad de Zaragoza la prueba de acceso de mayores de 45 años:

Papeleta definitiva justificativa de haber superado la prueba, con su calificación.

Declaración responsable de no poseer titulación académica que dé acceso a la universidad por otras vías.

- Estudiantes que hayan superado en la Universidad de Zaragoza el acceso para mayores de 40 años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional:

Papeleta definitiva justificativa de haber superado la valoración, con su calificación.

Declaración responsable de no poseer titulación académica que dé acceso a la universidad por otras vías.

- Estudiantes que accedan con un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente, o de un título universitario oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto. Ingeniero, correspondientes a la anterior regulación de las enseñanzas universitarias o título equivalente:

Título de los estudios cursados [o justificante de haberlo solicitado].

Certificado académico oficial, en el que figure la nota media.

- Estudiantes que accedan con estudios extranjeros de educación superior, homologados a un título oficial universitario español o declarados equivalentes a nivel académico de grado o máster universitario:

La Credencial oficial de homologación o la Certificación de declaración de equivalencia a nivel académico, y si éstas no incorporasen la nota media se aportará además el documento de declaración de equivalencia de nota media que se puede obtener en el siguiente portal:

https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Equivalencia_notas_medias


La no aportación de la declaración de equivalencia, no impedirá la concurrencia de la persona solicitante en el proceso de admisión, considerándose en tal caso como nota media de participación un cinco.

- Estudiantes  que  accedan  por  la  vía  prevista  en  el  artículo  9.1.  b)  del  Real  Decreto  412/2014  y estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 9.2 b) y c) del Real Decreto 412/2014,  mediante  la  superación  en  la  UNED  de  las  pruebas  de  competencias  específicas  en  los términos recogidos en el artículo 5.d) del acuerdo de 3 de abril de 2017, de Consejo de Gobierno de la Universidad  de  Zaragoza:

La ‘acreditación’  expedida  por  la  UNED  o  el  documento  ‘certificado  para  el estudiante’ que se puede descargar desde la plataforma UNEDassis.

En defecto de la acreditación anterior se podrá aportar la ‘acreditación  provisional’  o  el  ‘certificado  provisional  para  el  estudiante’.

La  Universidad  verificará  a través de la UNED el contenido de la documentación aportada y que la misma se corresponde con una acreditación vigente en el momento de la solicitud de admisión.

- Estudiantes  que  accedan,  exclusivamente,  con  estudios  extranjeros  homologados  al  título  de Bachiller del  sistema educativo español:

la ‘credencial oficial de homologación’ del  título extranjero al título  de  Bachiller español. Si la credencial oficial de homologación no incorporase la nota media, se considerará como nota media a efectos de admisión un cinco.

En defecto de la credencial oficial de homologación, se podrá presentar con carácter provisional el ‘volante acreditativo  de  haber  solicitado  la  homologación’,  sellado  por  la  unidad  de  Registro  donde  se  haya presentado  la  solicitud  de  homologación’.  Si  este  documento  no  incorporase  la  nota  media  de Bachillerato, se considerará como nota media a efectos de admisión un cinco.

 Estudiantes  que  accedan con  estudios  extranjeros  homologados  al  título  de  Técnico  Superior  o  Técnico Deportivo Superior del  sistema educativo español, o  títulos equivalentes:

La ‘credencial oficial de homologación’ del  título extranjero a los citados estudios y, en su caso, la papeleta justificativa de haber superado materias de la Fase Voluntaria de la EvAU o en las pruebas de competencias específicas de  la  UNED.

Si  la  credencial  de  homologación  no  incorporase  la  nota  media  se considerará como nota media a efectos de admisión un cinco.

En  defecto  de  la  credencial  oficial  de  homologación,  se  podrá  presentar  con  carácter provisional  el  ‘volante  acreditativo  de  haber  solicitado  la  homologación’,  sellado  por  la  unidad  de Registro donde se haya presentado la solicitud de homologación’. Si este documentos no incorporase la nota media de los estudios cursados, se considerará como nota media a efectos de admisión un cinco.

La documentación indicada en los apartados anteriores no será requerida si el título de acceso ha sido obtenido en la Universidad de Zaragoza con posterioridad al 1 de enero de 1995 [en el caso del acceso por mayores de 25 años, con posterioridad al 1 de enero de 2000]

- Para quienes accedan por el cupo reservado para estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias  personales  de  discapacidad,  que  durante  su  escolarización  anterior  hayan  precisado  de recursos  y  apoyos  para  su  plena  normalización  educativa:

Certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33%, expedido por alguno de los siguientes órganos: IMSERSO, INSS, Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de Defensa u órgano competente de cada Comunidad Autónoma.

En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, se deberá aportar el certificado de reconocimiento de dichas necesidades educativas especiales, expedido por la administración educativa competente, acompañado del correspondiente certificado de discapacidad en el que el citado reconocimiento se fundamente, expedido por alguno de los órganos anteriores.

Para  quienes  accedan  por  el  cupo  reservado  para  deportistas  de  alto  nivel  o  alto  rendimiento,  en  los términos establecidos en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio:

Certificado oficial emitido por el órgano competente  que  acredite  tal  condición  y,  en  su  caso,  acreditación  de  la  publicación  en  el  boletín  oficial correspondiente:

Deportistas de alto nivel: Resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes y publicación de la declaración de deportista en el BOE.

Deportistas del alto rendimiento. El artículo 2.3 del Real Decreto 971/2007, define siete clases/niveles diferenciados de deportistas de alto rendimiento. Según la clase de que se trate hay que aportar:

- Clases a), b), d), e) y f): Certificado acreditativo de dicha condición emitido por el Consejo Superior de Deportes (a través de sus Federaciones Deportivas Españolas).

- Clase c): Certificado acreditativo de dicha condición emitido por los organismos competentes en las Comunidades Autónomas y publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.

- Clase g): Certificado acreditativo de dicha condición emitido por los organismos competentes en las Comunidades Autónomas.

Solicitudes presentadas a través de internet

En las solicitudes presentadas a través de internet, los solicitantes realizan una comunicación previa de sus datos identificativos y demás requisitos de acceso, siendo suficiente la presentación de una copia simple de la documentación requerida en el apartado anterior, que deberá aportarse en formato electrónico a través de la utilidad que ofrece el programa de internet.

Los solicitantes que posteriormente resulten admitidos en alguna enseñanza de Grado, deberán proceder a la verificación de la documentación aportando en el momento de formalizar la matrícula el original y copia para su cotejo, o copia compulsada o copia auténtica electrónica de la documentación requerida, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tenga atribuidas la Universidad de Zaragoza en cualquier fase de instrucción.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se haya acompañado o incorporado en la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho desde el momento en que la Universidad tenga constancia de tales hechos, procediéndose a la anulación de la plaza adjudicada, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Solicitudes presentadas excepcionalmente mediante el ‘procedimiento especial 

Junto con el formulario de solicitud, la documentación requerida se deberá presentar mediante copia compulsada, copia auténtica electrónica u original y copia para su cotejo.