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Vicegerencia académica
Edificio Interfacultades - Pedro Cerbuna, 12 - 50009 Zaragoza
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Estanque

Documentación

Curso 2024-2025

Medios de aportar la documentación:

1) A través de la Sede  Electrónica de la Universidad de Zaragoza, accediendo con las credenciales personales: NIP + contraseña administrativa.

 El itinerario de acceso al formulario para aportar documentación a través de la Sede Electrónica es el siguiente: 

https://sede.unizar.es/ -> Gestión de solicitudes -> Opciones -> Iniciar nueva solicitud -> Procedimientos genéricos -> Aportar documentación requerida

También se puede acceder directamente al formulario desde AQUÍ


2) Algunos centros permiten alternativamente recibir la documentación por correo electrónico a la cuenta habilitada.


El centro universitario solicitará, en los casos que proceda, la aportación de la documentación original, citando al estudiantado para ello.

Una vez realizada la matrícula, es OBLIGATORIO hacer llegar al centro universitario, en el plazo máximo de DIEZ DÍAS LECTIVOS, la siguiente documentación por alguno de los medios anteriormente indicados.

 

  • Estudiantes mayores de 28 años:

    • Póliza o recibo de contratación del seguro de accidentes.

El estudiantado mayor de 28 años no está cubierto por el seguro escolar, por lo que debe suscribir un seguro de accidentes. La contratación del seguro es responsabilidad y obligación del estudiantado, debiendo hacerlo directamente. La Universidad de Zaragoza ofrece, a título informativo, la opción de contratar el seguro de accidentes con determinadas aseguradoras. Más información.

 

  • Estudiantes de nuevo ingreso en Grado:

    •  Copia del DNI, NIE o pasaporte.

    • Documento o título que ha dado acceso a la Universidad. Según la vía de acceso, podrá ser:

      • Papeleta PAU;

      • Título de Formación Profesional + Certificado académico oficial de calificaciones;

      • Papeleta del acceso por la vía de mayores de 25, 45 o 40 años;

      • Título universitario + Certificado académico oficial de calificaciones;

      • Etc.

    • Quienes accedan con una PAU superada en otra Universidad deberán aportar, además, el justificante de haber solicitado el traslado de expediente de la PAU.

No será necesario aportar la documentación de acceso en los siguientes casos:

  • Papeleta PAU o Título universitario superados en la Universidad de Zaragoza con posterioridad al 1 de enero de 1995.

  • Papeleta de la Prueba de mayores de 25 años superada en la Universidad de Zaragoza con posterioridad al 1 de enero de 2000.

  • Papeleta de Acceso de mayores de 40 o de 45 años superados en la Universidad de Zaragoza.

 

  • Estudiantes de Máster Universitario:

  • Estudiantes matriculados en asignaturas de prácticas externas:

    • Es necesario que comuniquen su NUSS (número de la Seguridad Social) o, preferentemente, que autoricen a la Universidad para la consulta telemática de dicho número.

 

  • Estudiantes que tengan derecho a matrícula gratuita o reducida:

    • El documento o la certificación emitida por la autoridad competente, que justifique el motivo de gratuidad (libro de familia numerosa; premio extraordinario; justificante de discapacidad; etc,). Más información.

    • El personal de la Universidad de Zaragoza con derecho al beneficio de matrícula gratuita (FONDO SOCIAL), así como su cónyuge e hijos menores de 26 años que carezcan de independencia económica, están exentos de aportar documentación acreditativa.

IMPORTANTE: Si además del beneficio del FONDO SOCIAL se reúnen los requisitos para obtener gratuidad por otra causa (Familia Numerosa, Discapacidad, etc…), en la matrícula se seleccionará la combinación por la que podría obtener la gratuidad de su matrícula (Ejemplo: Fondo social + Familia Numerosa, etc…), ya que, si sólo se selecciona “Fondo Social”, el total de la gratuidad se computará como retribución en especie de la persona trabajadora que da derecho a este beneficio, repercutiendo en su IRPF.

 

  • Otra documentación a aportar:

Grado

  • Si accede por traslado o cambio de estudios desde otra Universidad, debe presentar el resguardo de haber abonado los derechos de traslado en la Universidad de origen.

  • Si simultanea estudios, la certificación académica del centro en el que haya estado matriculado; no será necesario presentar esta certificación cuando los estudios a simultanear sean de la Universidad de Zaragoza.

Grado y Máster Universitario

  • Si desea solicitar la condición de matrícula a tiempo parcial, el impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

  • Si quiere solicitar transferencia y/o reconocimiento de créditos, deberá hacerlo a través de Solicit@ Más Información.

  • Si es estudiante extranjero no residente y no nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, y desea solicitar la ayuda de matrícula, deberá presentar el impreso de solicitud debidamente firmado y cumplimentado, y la documentación que se indica en la convocatoria de estas ayudas.  Más información.

TARJETA UNIVERSITARIA INTELIGENTE (TUI)

El estudiantado matriculado en estudios oficiales de la Universidad de Zaragoza tiene derecho a obtener la Tarjeta Universitaria Inteligente (TUI), que permite identificación, uso de bibliotecas, salas de lectura y acceso a otros servicios universitarios. La TUI es una tarjeta virtual incorporada en la AppCRUE.

Adicionalmente, puedes pedir la Tarjeta Europea de Estudiante o "European Student Card" (ESC), que quedará incorporada a la TUI, y que permite que el estudiantado que viaje por Europa con motivo de sus estudios tenga un acceso más fácil a los servicios ofrecidos por la Institución de acogida.

Más información sobre la TUI, la ESC, y cómo obtenerlas en: 

http://www.unizar.es/carne-universitario/carne-universitario

https://academico.unizar.es/tarjeta-universitaria/tarjeta-europea-de-estudiante-european-student-card-esc

Reconocimiento de créditos por ciclos formativos

ORDEN PRI/969/2021, de 18 de junio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón, la Universidad de Zaragoza y la Universidad San Jorge, para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas al análisis e identificación de correspondencias para el reconocimiento de créditos de enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas y los estudios universitarios (BOA 13 de agosto).

Primera Adenda [Abril 2022] 

Tercera Adenda [Julio 2022]

Cuarta Adenda [Septiembre 2022]

Sexta Adenda [Abril 2023]

Séptima Adenda [Diciembre 2023]

Buscador de Convalidaciones de Ciclos y Grados (aragon.es)

Listas de admisión

En cada Fase de Admisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de Zaragoza, accesible en sede electrónica (http://sede.unizar.es), una resolución de la dirección del centro universitario que incluirá, para cada Máster Universitario:

  • la lista provisional de personas admitidas, por orden de prelación.
  • la lista provisional de personas que quedan en lista de espera, por orden de prelación. En Fase 1, la lista de espera será a los solos efectos de cubrir las plazas de las personas admitidas que no hayan abonado la reserva. Las personas que no resulten admitidas en esta Fase, o bien no sean llamadas de la lista de espera, deben volver a presentar solicitud de admisión en Fase 2.

  • la lista provisional de personas excluidas, con indicación de las causas de su exclusión. 

Tras la publicación de las listas provisionales se abrirá un plazo de subsanación, para que las personas interesadas puedan realizar alegaciones y acreditar la documentación o los requisitos exigidos, mediante escrito dirigido a la dirección del centro universitario correspondiente, presentado a través de Registro Electrónico [http://regtel.unizar.es], a través de cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Universidad de Zaragoza o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Máster en Profesorado

Tras la publicación anterior se abrirá un plazo de subsanación para que las personas interesadas, incluido el estudiantado con titulaciones previas en la Universidad de Zaragoza, puedan realizar alegaciones y acreditar la documentación o los requisitos exigidos, mediante escrito dirigido a la Facultad de Educación, presentado a través de alguna de las siguientes vías:

a) Preferentemente, a través de la plataforma SOLICIT@ [ https://sede.unizar.es/?app=solicita ], accediendo con el NIP y la contraseña administrativa.

b) Por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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En ningún caso se aceptará en fase de subsanación la documentación presentada por otra vía. 

Concluido el plazo de subsanación, se procederá a la publicación de las listas definitivas de admisión en el tablón oficial de la Universidad de Zaragoza, accesible en sede electrónica ( http://sede.unizar.es ), mediante resolución de la dirección del centro universitario correspondiente.

La publicación de las listas provisionales y definitivas en el tablón oficial de la Universidad de Zaragoza tendrá la consideración de notificación oficial a las personas interesadas, pero no generará efectos definitivos a favor de las mismas si la Universidad apreciase alguna incorrección [art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas], en cuyo caso se procedería a su rectificación.

Consulta aquí las FASES y FECHAS de admisión.

Legalización y traducción de documentos

Legalización de documentos

La legalización de documentos académicos originales [que han de surtir efectos en el extranjero] es un protocolo convenido con carácter internacional, que requiere previamente el reconocimiento de firmas por parte de las correspondientes autoridades.

Para que los documentos extranjeros surtan efectos en España es imprescindible que estén legalizados salvo que exista Convenio, Tratado o Acuerdo internacional que exima de su legalización.

Los documentos expedidos en los países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o signatarios de acuerdo bilateral con la UE, no necesitan la legalización (sólo cotejo con el original): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia y Suiza (acuerdo bilateral con la UE).

 

Vías de legalización:

1. Documentos expedidos por países firmantes del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 (Apostilla) [actualización 5-10-2021):

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyan, Bahamas, Bahrein, Barbados, Belarus, Bélgica, Belice, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brasil, Brunei-Darusalan, Bulgaria, Burundi, Cabo Verde, Chile, China, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, EE.UU., Estonia, Eswatini, Fidji, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Granada, Grecia, Guatemala, Guyana, Honduras, Hong-Kong, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Isla Mauricio, Isla Niue, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Seychelles, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Kirguistán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malawi, Malta, Marruecos, México, Moldavia, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Namibia, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Omán, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido e Irlanda del Norte, República Checa, República Dominicana, República Eslovaca, Rumanía, Rusia, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Santo Tomé y Principe, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Tayikistán, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Uzbequistán, Vanuatú, y Venezuela.

Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas), Reino Unido (Jersey, Bailia de Guernesey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos, Islas Vírgenes).

La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro.

El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en que la autoridad competente en cada país coloque sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país.

 

2. Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello (no es necesario sello del Ministerio AA.EE. español): Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.

Los documentos deberán ser legalizados por vía diplomática, presentándose sucesivamente en:

  1. El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.

  2. El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.

  3. La representación diplomática o consular de España en dicho país.

 

3. El resto de los países:

Se legalizarán por vía diplomática, para ello deberán ser presentados sucesivamente en:

  1. El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.

  2. El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos, para la legalización de los documentos del punto 1.

  3. La representación diplomática o consular de España en dicho país, para el reconocimiento de la firma de legalización del punto 2.

  4. La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores y Cooperación en España para el reconocimiento de la firma del punto 3. (C/ General Pardiñas 55, 28006 Madrid. Tfno. 91 379 16 63). Este trámite no es necesario si la firma va protegida por una pegatina transparente de seguridad.

Los documentos expedidos por Autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio Español de Asuntos Exteriores.

  1. Todos los documentos extranjeros legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a partir del 10 de junio de 2013 (independientemente de la fecha de emisión de dicho documento) deberán ir provistos en su última firma de legalización de una etiqueta transparente de seguridad.

  2. A partir de esa misma fecha, los documentos extranjeros debidamente legalizados por Embajadas o Consulados de España siempre y cuando tengan incorporada la citada etiqueta de seguridad, tendrán plena validez En España sin requerir la posterior legalización por parte de la Sección de Legalizaciones del MAEC.


Traducción de documentos:

Todos los documentos expedidos en idioma extranjero que no sean inglés o francés deberán acompañarse de su traducción al español, que podrá hacerse:

  1. En la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores español, C/ Oquendo 11 (Madrid). Telf. 91 71 11 908.

  2. Un  traductor jurado, debidamente autorizado e inscrito en España. La relación puede consultarse aquí 

  3. Por la UNESCO, la Oficina del Centro Iberoamericano de Cooperación o cualquier otra organización reconocida en España.

  4. Por vía diplomática: bien en la representación diplomática o consular en España del país solicitante (o en su caso, del de procedencia del documento) o bien la de España en el extranjero. En ambos casos debe ser legalizada por la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

  5. Un traductor oficial en el país de origen. En este caso, la firma del traductor debe estar legalizada.

+ INFO de legalizaciones: Ministerio de Asuntos Exteriores www.exteriores.gob.es/ apartado Legalizaciones.

Cómo presentar la solicitud de admisión

La solicitud de admisión a estudios de Máster Universitario se realizará a través de internet, cumplimentando el formulario online y siguiendo las indicaciones que figuran en:

http://academico.unizar.es/preinscripcion-master/preinscripcion-master

Deberá subirse a la plataforma informática en formato PDF la documentación correspondiente. Cada documento que se suba a la plataforma deberá identificarse con el nombre de quien solicite y el tipo de documento de que se trate. 

Se deberá presentar una solicitud de admisión por Máster.

Fases y fechas de admisión 2025-2026

Fase 1 de admisión: Se ofertan exclusivamente determinados Másteres Universitarios. Consulta aquí la OFERTA.

Fase 2 de admisión. En esta Fase se ofertan todos los Másteres. El número de plazas a ofertar en cada Máster será la diferencia entre el número de plazas totales de nuevo ingreso y el número de plazas reservadas en Fase 1.

Fase 3 de admisión. Esta Fase se abrirá únicamente para los Másteres que tengan plazas vacantes tras la Fase 2 de admisión, o para ampliación de la lista de espera.

 

FECHAS DE ADMISION

FECHAS DE MATRICULA

FASE 1 DE ADMISIÓN (*) Excepto Máster Universitario en Profesorado

  • Presentación solicitudes: 3 al 24 de marzo de 2025
  • Publicación de las listas provisionales: 1 de abril de 2025
  • Plazo de subsanación: del 2 al 4 de abril de 2025
  • Publicación de las listas definitivas:  10 de abril de 2025
  • Pago importe reserva plaza: del 11 al 28 de abril de 2025

PRIMER PERIODO DE MATRÍCULA

22, 23 y 24 de julio de 2025

FASE 2 DE ADMISIÓN

  • Presentación solicitudes:  Del 12 al 30 de junio de 2025
  • Publicación de las listas provisionales: 8 de julio de 2025
  • Plazo de subsanación: del 9 al 11 de julio de 2025
  • Publicación de las listas definitivas: 18 de julio de 2025

FASE 2 DE ADMISIÓN MÁSTER UNIVERSITARIO EN PROFESORADO

  • Presentación solicitudes:  Del 12 al 27 de junio de 2025
  • Publicación de las listas provisionales: 8 de julio de 2025
  • Plazo de subsanación: del 9 al 11 de julio de 2025
  • Publicación de las listas definitivas: 18 de julio de 2025

PRIMER PERIODO DE MATRÍCULA

23, 24 y 25 de julio de 2025

FASE 3 DE ADMISIÓN (incluido Máster Universitario en profesorado)

  • Presentación solicitudes: del 25 de agosto al 5 de septiembre de 2025
  • Publicación de las listas provisionales: 11 de septiembre de 2025
  • Plazo de subsanación: del 12 al 15 de septiembre de 2025
  • Publicación de las listas definitivas: 19 de septiembre de 2025

SEGUNDO PERIODO DE MATRÍCULA

22, 23 y 24 de septiembre de 2025

(*) Las personas solicitantes que no sean admitidas en Fase 1, o bien no sean llamadas de la lista de espera, deben volver a presentar solicitud de admisión en Fase 2.

Preguntas frecuentes | FAQs

GENÉRICAS 

¿Cómo puedo contactar con el /la coordinador/a del título y/o centro responsable del mismo? 

Las direcciones de contacto pueden localizarse en la web a través de las direcciones: 

https://directorio.unizar.es/#/ 

https://www.unizar.es/estructura/centros-all

¿Dónde puedo consultar la oferta de Másteres Universitarios?

La oferta general se puede consultar en https://estudios.unizar.es/ 

La oferta concreta en cada fase de admisión, con la indicación de las plazas ofertadas / vacantes está disponible en:

https://academico.unizar.es/grado-y-master-master/acceso-y-admision/oferta-masteres-universitarios

También contamos con un “buscador” para que pueda encontrar más fácilmente el Máster que se ajusta mejor a sus intereses:

https://master.unizar.es/?pk_campaign=admaster22&pk_kwd=wacad 

 

REGISTRO ONLINE: OBTENER EL USUARIO Y LA CONTRASEÑA PARA EL ACCESO Y LA ADMISIÓN 

Nunca he sido estudiante de la Universidad de Zaragoza: ¿Cómo me registro para el acceso y/o la admisión y obtengo el usuario (NIP) y la contraseña administrativa?

Para obtener el NIP y contraseña administrativa necesarios para hacer las solicitudes de “Autorización de acceso” y de admisión online, debe registrarse en la siguiente dirección web:

https://identidad.unizar.es/identidad/ide900autoRegistro.faces

Fui estudiante de la Universidad de Zaragoza y no recuerdo ni el NIP ni la contraseña. ¿Qué debo hacer?

Seguir las indicaciones que figuran en esta dirección:

https://sicuz.unizar.es/gestion-de-identidades/gestion-de-credenciales/gestion-de-credenciales-inicio

Tengo problemas para acceder a la aplicación

Compruebe la conexión del ordenador y pruebe con otro navegador.

Compruebe que, en las preferencias del navegador, no tenga bloqueadas las ventanas emergentes. Para ello, entre en el navegador y permita dichas ventanas emergentes.

También puede entrar en Herramientas/Opciones/Seguridad/Excepciones y dar permiso a la página.

Si el problema persiste, contacte con nosotros a través de correo electrónico: autsigma@unizar.es 

 

REQUISITOS GENERALES DE ACCESO 

¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder a un máster universitario?

  • Estar en posesión de un título universitario oficial de Grado español u otro título de Máster Universitario español.

  • Estar en posesión de un título de Licenciado/a, Arquitecto/a, Ingeniero/a, Diplomado/a, Arquitecto/a Técnico/a o Ingeniero/a Técnico/a.

  • Estar en posesión de un título extranjero de educación superior homologado a un título universitario oficial español o declarado equivalente a nivel académico de Grado o de Máster.

  • Estar en posesión de un título de nivel de Grado o de Máster expedido por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES, que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.

  • Estar cursando una titulación universitaria oficial de Grado del Sistema Universitario Español [SUE] en el curso 2024-2025, estando matriculados de todos los créditos necesarios para terminar los estudios en dicho curso y les reste un máximo de 9 ECTS y el Trabajo Fin de Grado  para finalizar los estudios.  [Ver Requisitos de acceso a Másteres Universitarios habilitantes para el ejercicio de profesiones reguladas en España (apartado 3.2 Resolución)].

  • Aquellas personas que estén en posesión de un título extranjero de educación superior obtenido en un sistema educativo que no forme parte del EEES que equivalga al título de Grado, deberán obtener la correspondiente resolución de «Autorización de acceso» a enseñanzas  oficiales de Máster Universitario de la Universidad de Zaragoza.  [Ver Requisitos de acceso a Másteres Universitarios habilitantes para el ejercicio de profesiones reguladas en España (apartado 3.2 Resolución)].

 

ADMISIÓN

¿Cuántas plazas se reservan para estudiantado con discapacidad o con necesidades educativas especiales?

El 5 % del total de las plazas que oferta el máster.

¿La solicitud de admisión es gratuita?

¿Cómo se solicita admisión a máster universitario?

A través de internet accediendo desde la siguiente dirección: http://academico.unizar.es/secretaria-virtual  identificándose con NIP y contraseña

Aún no he finalizado mis estudios de Grado ¿Puedo presentar una solicitud de admisión?

Solamente si está estudiando en el Sistema Universitario Español (SUE) y está matriculado de todos los créditos necesarios para finalizar los estudios de Grado. 

Estoy cursado estudios de Grado en España y a fecha de solicitar admisión tengo pendientes de superar varias asignaturas y el TFG. ¿Puedo solicitar admisión?

Sí.  Pero al finalizar la fecha de subsanación (julio o septiembre según las fases de admisión) deberá tener pendiente de superar un máximo de 9 ECTS más el TFG. 

He solicitado admisión en un máster; no me han adjudicado ninguna plaza y deseo participar en la siguiente fase de admisión ¿Qué debo hacer? 

Si ha participado en la Fase 1: deberá presentar una nueva solicitud en la Fase 2.

Si ha participado en la Fase 2: si está en lista de espera, deberá esperar a ser llamado.

¿Qué nota media se considera para la admisión? 

La nota media del expediente académico que será tenida en cuenta para la aplicación de los criterios de valoración, será la acreditada por la persona solicitante a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes. 

¿Cómo se ordenan las plazas para la adjudicación?

En cada una de las fases de admisión se garantizará la prioridad de matrícula de quienes acrediten estar en posesión del título oficial que les da acceso al Máster Universitario, por lo que en los listados de admisión las personas tituladas figurarán ordenadas por delante de quienes accedan con estudios no finalizados.

No obstante, quienes accedan con estudios no finalizados y que a fecha fin del correspondiente plazo de subsanación acrediten estar en posesión del título oficial que les da acceso al Máster Universitario, serán ordenadas en el grupo de las personas tituladas.

Con mi título universitario de Graduado/Bachelor en …………….. ¿Puedo estudiar el máster que me interesa?

Para saber si ese título le permite ser admitido en el máster debe consultar los requisitos en la web del título: https://estudios.unizar.es/ 

¿Cómo debo adjuntar la documentación requerida?

Los documentos debe subirlos a la plataforma informática en formato pdf, la persona interesada.

He olvidado subir un documento ¿Qué debo hacer? 

Puede acceder a la solicitud y subir el documento olvidado, SOLO mientras la solicitud se encuentre en los estados «Solicitada por el alumno» «Solicitud incompleta» 

¿Cómo puedo saber si he sido admitido/a en un máster? 

La resolución de admisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de Zaragoza (https://sede.unizar.es), en las fechas establecidas. 

Se ha publicado la relación provisional de personas admitidas y excluidas y se me requiere cierta documentación. ¿Cómo debo subsanar/aportar la documentación requerida?

Tal como indica la Resolución: debe presentarse exclusivamente a través de https://regtel.unizar.es/

Por tanto, no se considerará aquella documentación que se envíe a través de correo electrónico. 

¿Qué pasa si no aporto la documentación en el plazo establecido?

La solicitud quedará definitivamente excluida del proceso selectivo. 

Ya me han admitido en el máster, ¿Qué debo hacer ahora? 

Si solicitó admisión en la Fase 1, deberá reservar la plaza adjudicada pagando el precio de la reserva que será descontada del precio de matrícula. 

Si solicitó admisión en las Fases 2 ó 3 no debe pagarse reserva de plaza. Deberá formalizar la automatrícula a través de internet en los plazos establecidos. 

 

RESERVA DE PLAZA

Si renuncio al máster una vez pagada la reserva en Fase 1 de admisión ¿me devuelven el dinero?

No. En caso de no realizar la matrícula en el plazo establecido se pierde el derecho a la plaza asignada y, en su caso, a la devolución del importe que hubieran abonado en concepto de reserva de plaza.

Excepciones:

  • En caso de haber abonado la reserva de plaza en varios Másteres Universitarios, una vez efectuada la matrícula en uno de ellos, se podrá solicitar la devolución del importe abonado por las otras reservas. La solicitud de devolución se dirigirá a la dirección del centro universitario correspondiente a través de Registro Electrónico https://regtel.unizar.es/ en el formulario oficial de devolución establecido a estos efectos.

  • Asimismo, si en julio no cumple el requisito de acceso de tener un máximo de 9 ECTS + TFG pendientes, se devolverá el importe de la reserva. Deberá solicitarlo en el centro.

  • Estudiantes que soliciten acceso con un título extranjero no homologado expedido por un país ajeno al EEES y la Resolución de acceso sea desfavorable

Si solicito admisión en la Fase 1 y pago la reserva de plaza, y luego en Fase 2 solicito admisión a otro máster universitario distinto, ¿me devuelven el dinero de la reserva de plaza del máster de la Fase 1? ¿me pueden compensar en la matrícula del segundo máster los 300 € abonados por la reserva del primero?

No. En caso de no realizar la matrícula en el plazo establecido se pierde el derecho a la plaza asignada y, en su caso, a la devolución del importe que hubieran abonado en concepto de reserva de plaza.

Tampoco se pueden efectuar compensaciones en la matrícula ya que no se trata del mismo máster.

Si solicito admisión en la Fase 1 y pago la reserva de plaza, efectúo mi matrícula en julio y posteriormente dentro del plazo establecido solicito la anulación de la matrícula por circunstancias acreditadas, ¿me devuelven el importe de la reserva de plaza?

 Si. El pago de la reserva es un importe a cuenta de la matrícula por lo que al anular la matrícula se devuelve también el importe de la reserva.

¿Debo pagar la reserva de plaza si voy a solicitar beca MECD? 

Si, debe abonar el importe de la reserva, que le será devuelvo una vez que el Ministerio resuelva favorablemente la concesión de su beca.

¿Debo pagar la reserva de plaza si soy: Familia Numerosa Especial/tengo reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % / víctima de terrorismo (así como cónyuges e hijos) / he sufrido lesiones invalidantes por su participación en operaciones internacionales de paz y seguridad (cónyuges e hijos) / he sido víctima de violencia de género (así como sus hijos) / soy solicitante de asilo y refugiado / soy  perceptor del Ingreso Mínimo Vital o de la Prestación Aragonesa complementaria del Ingreso Mínimo Vital?

No. Debe acreditarse documentalmente

¿Cómo se realiza el pago de la reserva?

Se lleva a cabo a través de internet en la  “Secretaría Virtual”, => “Solicitud de admisión en Máster Universitario o Doctorado => “Pago reserva plaza máster”. Se realizará exclusivamente por TPV, mediante tarjeta de crédito o débito en el plazo establecido.
Soy beneficiario del “Fondo Social de la Universidad de Zaragoza. ¿Debo abonar el pago de la reserva de plaza?

Si. 

 

CALENDARIO Y PLAZOS

¿Cuáles son los plazos para solicitar admisión? 

Los establecidos en cada una de las 3 Fases. Ver fechas

¿Cuándo debo matricularme?

Estudiantado admitido en Fases 1 y 2:  Ver fechas

Estudiantado admitido en Fase 3:  Ver fechas

No me he matriculado en el máster que deseaba cursar. ¿Qué puedo hacer?
Ha perdido el derecho a la plaza asignada y, en su caso, a la devolución del importe que hubieran abonado en concepto de reserva de plaza. Si hay vacantes en la siguiente fase puede presentar una nueva solicitud de admisión. 

 

ESTUDIANTES CON ESTUDIOS EXTRANJEROS (VER TAMBIÉN APARTADO ACCESO) 

Tengo estudios universitarios cursados en un país del EEES. ¿Qué trámites debo hacer? 

Debe presentar una solicitud de admisión del mismo modo que un solicitante con estudios cursados en España.

No será necesaria la homologación de los estudios universitarios del EEES, salvo para acceder a Másteres Universitarios habilitantes. 

Tengo estudios universitarios cursados en el Reino Unido. Tras el BREXIT, ¿Qué trámites debo efectuar? 

Debe presentar una solicitud de admisión del mismo modo que un solicitante con estudios cursados en España o en el EEES. Tras el BREXIT, el Reino Unido sigue formando parte del EEES, lo que significa que los títulos universitarios oficiales de Reino Unido tienen los mismos estándares de calidad que en España.

No obstante, desde el 30 de junio de 2021 los documentos británicos han de seguir el mismo procedimiento que es de aplicación para Terceros Estados que no son Miembros de la Unión Europea:  deberán llevar la Apostilla de la Haya o, en su defecto, estar legalizados por vía diplomática.

Tengo un título extranjero no homologado expedido por un país ajeno al EEES y quiero estudiar un máster en la Universidad de Zaragoza. ¿Qué debo hacer? 

Lo primero que debe hacer es solicitar a la Universidad de Zaragoza, la “Autorización de acceso” de su título a uno español que permita el acceso a estudios de máster universitario. Debe tramitarlo a través de internet: https://sede.unizar.es/?app=solicita

Para acceder a este servicio son necesarias las credenciales administrativas, consistentes en un usuario (NIP) y una contraseña administrativa.

Las personas que no dispongan de estas contraseñas deberán registrarse previamente en el sistema de “identidad” de la Universidad de Zaragoza:

https://identidad.unizar.es/identidad/ide900autoRegistro.faces

Sin este documento no podrá ser admitido

Por ello debe tramitarse lo antes posible.

¿Qué plazo hay para solicitar la “Autorización de acceso”?

Plazo abierto permanentemente. 

Es recomendable efectuar la solicitud con antelación ya que el plazo para resolver es de 3 meses desde la solicitud.

Es necesario tener la Resolución favorable de “Autorización de acceso”, para poder ser considerado candidato admitido.

Si en el periodo de presentación de la solicitud de admisión no se hubiera obtenido todavía la «Autorización de acceso», la persona solicitante deberá acreditar haber iniciado el trámite correspondiente; en tal caso, la plaza que le pueda corresponder, quedará condicionada a que a finalización del plazo de subsanación, acredite haber obtenido la correspondiente “Autorización de acceso”; el incumplimiento de este requisito supondrá la exclusión del proceso de admisión en la fase correspondiente. 

He obtenido una Resolución desfavorable de “Autorización de acceso”. ¿Puedo cursar un máster universitario en la Universidad de Zaragoza?

No.

¿Qué pasa si la persona solicitante no aporta la declaración de nota media de los estudios extranjeros cursados? 

Se le asignará, a efectos de prelación, una calificación de 5 puntos. 

Soy estudiantado de un sistema educativo extranjero (tanto del EEES como ajeno) y quiero estudiar un máster en la Universidad de Zaragoza. ¿Puedo solicitar la “Autorización de acceso”? 

No. La “Autorización de acceso” solo puede efectuarse sobre estudios finalizados y estando en posesión del título universitario. Si no se han finalizado los estudios extranjeros, no se reúnen requisitos de acceso para solicitar admisión a másteres. 

Voy a presentar solicitud de admisión en varios másteres. ¿Cuántas “Autorizaciones de acceso” debo realizar?

La “Autorización de acceso” se presenta una sola vez.

¿Caduca la Resolución de acceso a estudios de máster?

No 

¿Cuánto hay que pagar por el trámite de solicitud de acceso?

150 € a través de la misma plataforma de solicitud. No hay descuentos. 

¿Cómo debo presentar los documentos requeridos para la solicitud de acceso?

Antes de subirlos a la plataforma informática en formato PDF, deben estar legalizados

¿Cuándo deben tener la Resolución favorable de Acceso los estudiantes con título extranjero no homologado expedido por un país ajeno al EEES?

Quienes accedan en la Fase 1 o en la Fase 2, deberán tenerla a la finalización del plazo de subsanación de la fase 2 de admisión: Ver fechas
Quienes participen en la Fase 3: Ver fechas

Si una persona está en posesión de un título extranjero no homologado expedido por un país ajeno al EEES y ya tiene una resolución de acceso favorable expedida por Universidad de Zaragoza para un máster concreto ¿Debe presentar una nueva solicitud de “Autorización de acceso” y pagar los importes por el estudio de la documentación?

No

En la página web del Ministerio para la obtención de la declaración de nota media figura en español. ¿Qué puede hacer el estudiantado extranjero que no entienda nuestra lengua?

El Ministerio no tiene la información en otros idiomas [inglés]. La Universidad de Zaragoza no tiene competencias en esta materia. 

 

MATRÍCULA

¿Cuándo debo matricularme?

Estudiantado admitido en Fases 1 y 2:  Ver fechas 

Estudiantado admitido en Fase 3:  Ver fechas

¿Qué requisitos es necesario para poder formalizar una matrícula “condicionada” en estudios de máster?

Tener pendiente de superar máximo de 9 ECTS y el TFG en el momento de subsanar documentación. Ver fechas

He obtenido una plaza en un máster en la Fase 1 (o 2) y no voy a formalizar matrícula. ¿Qué consecuencias tiene?

Se pierde el derecho a la plaza asignada. Si ésta se obtuvo en la Fase 1 y se abonó la reserva de plaza, se pierde dicho importe. 

¿Cuál es el precio de la matrícula que debo abonar? 

El precio de los créditos de matrícula varía según la persona sea o no, nacional de un estado miembro de la Unión Europea. 

La información está publicada en la web: https://academico.unizar.es/grado-y-master/matricula/matricula-home

Apartado Precios de Matrícula => Máster Universitario 

Además, se deberán pagar: gastos fijos, apertura de expediente y seguro escolar [menores de 28 años].

Matrícula

  • Las personas que obtengan plaza en las Fases 1 y 2 de admisión, deberán matricularse en el primer periodo de matrícula: 22, 23 y 24 de julio de 2025.

  • Las personas que obtengan plaza en la Fase 3, deberán matricularse en segundo periodo de matrícula: 22, 23 y 24 de septiembre de 2025.

En caso de no realizar la matrícula en el plazo establecido se pierde el derecho a la plaza asignada y, en su caso, a la devolución del importe que hubieran abonado en concepto de reserva de plaza.

  • Máster Universitario en Profesorado: Quienes por llamamiento de la lista de espera se matriculen con posterioridad a la fecha establecida por el Gobierno de Aragón para la comunicación definitiva de personas matriculadas en la asignatura del Prácticum, no podrán matricular dicha asignatura ni el Trabajo Fin de Máster.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, se permite la matrícula condicionada entendida como la posibilidad, para quienes sean admitidos, de matricularse en estudios oficiales de Máster Universitario teniendo pendientes un máximo de 9 ECTS y el Trabajo Fin de Grado para finalizar sus estudios. Quienes se matriculen en estas condiciones, en ningún caso podrán obtener el título de Máster Universitario si previamente no han obtenido el título de Grado que les da acceso.

+ INFO de MATRÍCULA